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Línea abierta. – Aislamiento energético

Línea abierta. – Aislamiento energético

Artículo 1 Las presentes disposiciones se formulan con el fin de reforzar la gestión del aislamiento energético y prevenir lesiones personales o pérdidas materiales causadas por la liberación accidental de energía.

Artículo 2 Estas disposiciones se aplicarán a CNPC Guangxi Petrochemical Company (en adelante, la Compañía) y a sus contratistas.

Artículo 3 El presente reglamento regula los procedimientos, métodos y requisitos de gestión del aislamiento energético antes de la puesta en marcha.

Artículo 4 Interpretación de los términos

(1) Energía: energía contenida en los materiales o equipos del proceso que puede causar lesiones personales o pérdidas materiales. La energía en estas disposiciones se refiere principalmente a la energía eléctrica, energía mecánica (equipos móviles, equipos rotativos), energía térmica (maquinaria o equipos, reacción química), energía potencial (presión, fuerza elástica, gravedad), energía química (toxicidad, corrosividad, inflamabilidad), energía de radiación, etc.

(2) aislamiento: las partes de las válvulas, los interruptores eléctricos, los accesorios de almacenamiento de energía, etc., se colocan en posiciones apropiadas o con la ayuda de instalaciones específicas para que el equipo no pueda funcionar o no se pueda liberar energía.

(3) Cerradura de seguridad: dispositivo de seguridad utilizado para bloquear las instalaciones de aislamiento de energía. Se puede dividir en dos categorías según sus funciones:

1. Candado personal: Candado de seguridad para uso personal únicamente. Candado personal para área territorial, rojo; candado personal para mantenimiento de contratistas, azul; candado para jefe de operaciones, amarillo; candado personal temporal para trabajadores externos, negro.

2. Candado colectivo: un candado de seguridad compartido en el lugar que contiene una caja de seguridad. El candado colectivo es un candado de cobre, un candado de grupo que puede abrir varios candados con una sola llave.

(4) cerraduras: instalaciones auxiliares para asegurar que puedan cerrarse. Tales como: cerradura, manguito de bloqueo de válvula, cadena, etc.

(5) Etiqueta “¡Peligro! No operar”: etiqueta que indica quién está bloqueado, cuándo y por qué y se coloca en un candado de seguridad o punto de aislamiento.

(6) Prueba: verificar la efectividad del aislamiento del sistema o dispositivo.

Artículo 5 El Departamento de Seguridad y Protección Ambiental será responsable de la supervisión y gestión del bloqueo y etiquetado y proporcionará apoyo técnico profesional.

Artículo 6 El Departamento de Tecnología de Producción y el Departamento de Equipos de Motor serán responsables de brindar apoyo técnico profesional para la implementación deBloqueo y etiquetado.

Artículo 7 Cada unidad local será responsable de la implementación de este sistema y de garantizar que se realice el aislamiento de energía.

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Fecha de publicación: 12 de noviembre de 2021