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¿Quién necesita formación en bloqueo/etiquetado?

¿Quién necesita formación en bloqueo/etiquetado?
1. Empleados autorizados:
Estos trabajadores son los únicos autorizados por OSHA para realizar LOTO. Cada empleado autorizado debe estar capacitado en el reconocimiento de las fuentes de energía peligrosas aplicables, el tipo y magnitud de las fuentes de energía disponibles en el lugar de trabajo,
y los métodos y medios necesarios para el aislamiento y control de la energía.
Formación para
Entre los empleados autorizados se incluyen:
Reconocimiento de energía peligrosa
Tipo y magnitud de la energía presente en el lugar de trabajo
Los medios y métodos para aislar y/o controlar la energía
Los medios de verificación del control efectivo del endeudamiento y el propósito de los procedimientos que se utilizarán.
2. Empleados afectados:
Este grupo está compuesto principalmente por quienes trabajan con máquinas pero no están autorizados a realizar el procedimiento LOTO. Los empleados afectados deben recibir instrucciones sobre el propósito y el uso del procedimiento de control de energía. Los empleados que realizan exclusivamente funciones relacionadas con las operaciones normales de producción y que prestan servicios o mantenimiento bajo la protección de los sistemas de seguridad habituales de la máquina solo necesitan recibir capacitación como empleados afectados, incluso si se utilizan procedimientos de etiquetado.
3. Otros empleados:
Este grupo está formado por cualquier otra persona que trabaje en un área donde se utilicen procedimientos LOTO.
Todos estos empleados deben ser capacitados para no arrancar equipos faltantes o etiquetados, y para no retirar o ignorarbloqueo y etiquetadodispositivos

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Fecha de publicación: 3 de septiembre de 2022